Extradición y euroorden.
Una orden de detención internacional pone en juego la libertad y todo lo que depende de ella: residencia, patrimonio, familia. El procedimiento tiene defensa y tiene plazos. Nos oponemos a la entrega, solicitamos medidas cautelares que eviten la prisión y coordinamos la estrategia con abogados del país requirente.
El procedimiento
Qué es y qué se puede oponer
No son lo mismo. La euroorden circula entre Estados de la Unión Europea, se resuelve ante la Audiencia Nacional y corre en plazos de días, con motivos de denegación tasados. La extradición clásica llega por vía diplomática, es más lenta y deja más margen de oposición. Saber ante cuál se encuentra define toda la estrategia.
Por eso la primera llamada importa. Tras la detención, la comparecencia llega en horas, y ahí se decide lo esencial: consentir o no la entrega, prisión o libertad con medidas. Un consentimiento prestado sin defensa es, en la práctica, irreversible. Nadie debería pasar por esa vista sin un penalista que conozca el expediente.
Oponerse es posible por motivos concretos: procedimiento abierto en España por los mismos hechos, prescripción, defectos de la propia orden o riesgo de vulneración de derechos fundamentales, incluidas las condiciones de reclusión en el país requirente. Estudiamos cada motivo por escrito antes de la primera vista.
El proceso Garzalex
Cómo trabajamos
Primera llamada
Situación procesal, país requirente y calendario. En esa conversación se decide qué se hace en las siguientes horas y quién comparece. Secreto profesional desde el primer minuto.
Estrategia de oposición
Estudio de la orden y de los motivos de denegación aplicables al caso. Por escrito, con escenarios, antes de la primera comparecencia.
Vistas y medidas
Comparecencias ante la Audiencia Nacional: oposición a la entrega y solicitud de libertad o de medidas menos gravosas que la prisión.
Coordinación internacional
Trabajo conjunto con abogados del país requirente y, cuando el caso lo exige, revisión de la difusión ante Interpol. Un solo interlocutor: el socio que lleva su asunto.